Europa avanza en la protección del derecho humano a la información

Erika Torregrossa
Erika Torregrossa
Jurista y docente especializada en derecho penal internacional y la protección de los derechos humanos. Es copresidenta de la Sección de Derechos Humanos del ICAM y del Observatorio de Derechos de las Personas del ICAB.

El derecho de acceso a la información no solo es un derecho humano básico, sino que también tiene una naturaleza instrumental para garantizar otros. Su pleno ejercicio es una garantía para el ejercicio de otros derechos, y es crucial para el funcionamiento de una sociedad democrática.

La salvaguarda del derecho humano al acceso a la información en Europa es un pilar para las democracias sólidas de los Estados miembros. Éstas se nutren de un diálogo público diverso y de la participación activa de la ciudadanía. Por tanto, es crucial que los ciudadanos dispongan de información fidedigna y puedan ejercer su criterio en un entorno de opiniones variadas.

Periodistas y activistas de derechos humanos desempeñan un rol clave en este contexto, al investigar, reportar y resaltar asuntos de relevancia pública, nutriendo el debate democrático.

El 16 de abril pasado, la Unión Europea logró un avance significativo para asegurarlo. Aprobó la Directiva 2024/1069 del Parlamento Europeo y del Consejo, orientada a proteger a las personas involucradas en la participación pública contra demandas infundadas o abusivas, conocidas como SLAPPs (Demandas Estratégicas contra la Participación Pública).
Es de justicia reconocer por qué es llamada Ley Daphne. Denominada así por el terrible caso de SLAPP que despertó conciencias. A saber, la periodista maltesa Daphne Caruana Galizia, conocida por sus investigaciones sobre casos de corrupción, fue asesinada por un coche bomba después de haber recibido numerosas amenazas y demandas por difamación. En el momento de su asesinato, tenía más de 47 SLAPP abiertas en su contra, lo que ilustra el uso abusivo de estas demandas para silenciar a quienes denuncian irregularidades en asuntos públicos.

Para que no se vuelvan a repetir estos terribles sucesos, esta nueva Directiva pretende dotar a los Estados miembros de herramientas mínimas para proteger a quienes participan en asuntos de interés público. Busca evitar que las demandas infundadas se utilicen para intimidar y silenciar a periodistas, activistas y otros participantes en el debate público.

Antecedentes

Recordemos que las SLAPP se produce cuando se interponen demandas judiciales manifiestamente infundadas o abusivas contra personas físicas y jurídicas, especialmente periodistas y defensores de los derechos humanos, con el propósito de desincentivar actos de participación pública y silenciar voces críticas. que denuncian cuestiones de interés público. Estas demandas buscan intimidar y disuadir a aquellos que han denunciado prácticas sospechosas, y pueden ser ejercidas por poderes políticos y empresariales con el fin de silenciar a periodistas, activistas y opositores políticos, etc.

Ante el aumento de casos de SLAPP en la Unión Europea, los miembros del Parlamento Europeo han estado solicitando de manera persistente un fortalecimiento de la libertad de prensa y una mayor protección para periodistas y activistas de derechos humanos. La resolución parlamentaria de 2021 motivó la propuesta presentada por la Comisión en abril de 2022.

Haciendo bandera de la participación ciudadana, la Comisión contó con un grupo de expertos integrado por juristas, periodistas, académicos y representantes de medios de comunicación y organizaciones para elaborar el Plan de Acción para la Democracia que fue lanzado el 3 de diciembre de 2020 y en el que se basan todas las medidas posteriores.
Acciones de la Comisión Europea para garantizar el derecho a la información
Al hilo de los antecedentes y del Plan comentado el 27 de abril de 2022, la Comisión Europea presentó propuestas para enfrentar acciones legales sin fundamento o malintencionadas contra la participación pública, conocidas como SLAPP. Estas iniciativas, que incluían legislación y recomendaciones, tienen el propósito de dotar a periodistas y activistas de herramientas para contrarrestar estos procesos legales hostiles.

La estrategia de la UE consta de una Directiva y una Recomendación. La Directiva, promulgada el 11 de abril de 2024, busca brindar protecciones procesales contra SLAPP con alcance transfronterizo, centrándose en la defensa de periodistas y activistas de derechos humanos. La Recomendación, efectiva desde el 27 de abril de 2022, complementa la Directiva y se extiende a casos nacionales. También contempla modificaciones en las normativas penales y administrativas internas, con énfasis en la capacitación, concienciación, apoyo y seguimiento.

El objetivo de la nueva Directiva, pues, es eliminar obstáculos en los procedimientos civiles y proteger a individuos y entidades que participan en el debate público de litigios abusivos. Se reconoce el derecho humano a la libertad de expresión, pero con responsabilidad, garantizando un equilibrio justo en posibles conflictos de derechos fundamentales.

La Directiva se centra en pretensiones manifiestamente infundadas y acciones judiciales abusivas, cuyo propósito principal es restringir la participación pública. Para identificar estos procedimientos, la Directiva proporciona indicadores de abuso, como el carácter desproporcionado de la demanda, la existencia de múltiples procedimientos similares iniciados por el demandante, y tácticas procesales de mala fe.

Aplicable a asuntos civiles y comerciales con implicaciones transfronterizas, la Directiva excluye casos puramente nacionales donde ambas partes están domiciliadas en el mismo Estado miembro. Sin embargo, adopta una concepción amplia del carácter transfronterizo para abarcar una variedad de situaciones.

Protección a Personas Físicas y Jurídicas

La Directiva ofrece protección tanto a personas físicas como jurídicas involucradas en la participación pública. Esto incluye periodistas, editores, ONG, académicos, y también a quienes los apoyan indirectamente, como abogados y proveedores de servicios. En definitiva, defensores de derechos humanos. En cuanto a las medidas de protección, la Directiva introduce tres pilares fundamentales:

  • Desestimación Temprana: Los Estados miembros deben garantizar que los tribunales puedan desestimar rápidamente demandas manifiestamente infundadas, tras un examen adecuado.
  • Recursos Adicionales: Incluyen condena en costas, indemnización por daños y perjuicios, sanciones y medidas cautelares para cubrir los costos del procedimiento.
  • Protección contra Sentencias Extranjeras: Ofrece protección contra sentencias SLAPP emitidas por tribunales de terceros países.

    No está de más recordar que la Recomendación (UE) 2022/758 de la Comisión insta a los Estados miembros a revisar sus marcos jurídicos para limitar el abuso de las leyes de difamación, incluir salvaguardias para casos nacionales, alinear normas deontológicas, proporcionar formación a profesionales y establecer mecanismos de apoyo a las víctimas.

    Desafíos

    Ahora nos queda recorrer el camino de la implementación de la Directiva Anti-SLAPP en los 27 Estados Miembros. Esto implica varios pasos importantes. Primero, los Estados miembros, incluida España, deben adoptar en su ordenamiento jurídico interno las disposiciones necesarias para cumplir con la Directiva antes de la fecha límite, en este caso, el 7 de mayo de 2026. Segundo, este proceso normativo finalista resultará crucial para cumplir el objetivo de la Directiva: garantizar un entorno donde el derecho a la información y la participación pública estén protegidos contra abusos legales. Además se debe tener en cuenta que la norma que adopte debe considerar la Directiva como un requisito mínimo, aunque incluso podría ampliar la protección más allá de lo exigido. Lo que sería deseable.

    No cabe duda de que España estará a la altura y contribuirá en la lucha contra las SLAPPs, proporcionando un marco legal robusto que fomente un debate público libre y protegido en toda Europa.

    Por encima de todo, este paso de gigante que ha dado la Unión Europea representa un avance crucial para la protección de los defensores de los derechos humanos, un modelo que esperamos sea adoptado en todo el mundo.
Erika Torregrossa
Erika Torregrossa
Jurista y docente especializada en derecho penal internacional y la protección de los derechos humanos. Es copresidenta de la Sección de Derechos Humanos del ICAM y del Observatorio de Derechos de las Personas del ICAB.

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