Fiscalía General del Estado. Unidad de seguridad vial

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Revista del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

Dictamen 1/2021 sobre la reforma operada por LO 2/2019 en los artículos 142, 142 bis, 152, 152 bis, 382 y 382 bis CP referida al nuevo concepto de imprudencia menos grave, imprudencia grave, agravaciones de penalidad en la pluralidad de resultados, modificación penológica, criterios para incoación de diligencias policiales y judiciales, derechos de las víctimas de accidentes y nuevo delito de abandono del lugar en relación al tráfico viario.

Con fecha 22 de abril se ha procedido a publicar el presente dictamen.

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