El Supremo rechaza suspender de forma urgente el acuerdo de la JEC que deja a Borrás sin escaño en el Parlament

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado suspender de forma urgente el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que dejó sin escaño en el Parlamento de Cataluña a la líder de Junts, Laura Borrás, tras ser condenada por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma a 4 años y medio de cárcel y 13 de inhabilitación por prevaricación.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la medida cautelarísima reclamada por Borrás para que se suspendiera el acuerdo de la JEC del pasado 3 de mayo, que dejó sin efecto su credencial como diputada del Parlament al apreciar una causa de inelegibilidad sobrevenida tras su condena penal.

El alto tribunal señala que el escrito de Borrás no ofrece «ningún argumento» para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima sin oír, en este caso, a la Junta Electoral Central.

En el mismo auto, la Sala Tercera acuerda incoar un incidente cautelar ordinario, concediendo a la representación procesal de la Junta Electoral Central y al Ministerio Fiscal un plazo común que finalizará a las 15.00 horas del próximo 12 de mayo para que efectúen alegaciones sobre la medida cautelar.

Respecto a un recurso planteado contra el mismo acuerdo por el Parlamento de Cataluña, en el que no se pedía la suspensión cautelarísima sino la cautelar ordinaria, el Supremo ha dado diez días a la Junta Electoral Central para alegaciones antes de decidir sobre la medida cautelar.

Contenidos destacados

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img

CONTENIDOS RELACIONADOS

El Supremo confirma la condena a un celador que abusó de...

Rechaza agravar la pena porque cree que la víctima no estaba en una situación de "especial vulnerabilidad"

El TC ampara a Otegi y dice que la decisión del...

El Pleno estima el recurso que presentó el líder de EH Bildu contra la decisión del Supremo de volver a sentarle en el banquillo

Absuelto un camarero por la falta de nitidez de las grabaciones...

La magistrada lo exonera al considerar que no hay prueba de cargo para enervar su presunción de inocencia

El Constitucional avala que el Gobierno prohibiera una manifestación durante el...

Prioriza el derecho a la protección de la salud frente al derecho de manifestación