Compliance officer y abogados pueden fomentar la cultura ética y de cumplimiento dentro de cualquier organización

El Colegio de la Abogacía organiza un evento donde interrelaciona el Compliance y la Abogacía de e los negocios

Javier Escolano
Javier Escolano
Periodista jurídico

A lo largo de este evento Compliance Summit ICAM: La Abogacía de las empresas éticas”, organizado por la Sección de Compliance del ICAM en colaboración con la Sección de Abogados de Empresa y la Cámara de Comercio de Madrid se analizó la relación de la Abogacía y los expertos de cumplimiento de las empresas. Cualquier política de Compliance requiere de una colaboración estrecha entre ambas

Durante la jornada se abordó la importancia y los desafíos del cumplimiento normativo en las empresas, así como el papel de los abogados en este ámbito. El programa incluyó una serie de ponencias y mesas redondas en las que expertos de distintos sectores compartieron sus conocimientos sobre cómo vertebrar esa relación profesional o  el desarrollo de las investigaciones internas en las empresas.

En el panel de cómo fomentar una cultura ética y de cumplimiento dentro de las organizaciones tomaron la palabra moderados por Pilar Aranguren. Copresidenta de la Sección de Compliance del ICAM, Carlos Balmisa. Abogado. Secretario General del Consejo de Registradores de España; Diego Recacha. Director de Cumplimiento de Leroy Merlín; Edurne Sánchez. Directora de Cumplimiento de Mahou San Miguel y José Ramon Couso. Abogado. Socio de CECA MAGAN. Diputado de la Junta de Gobierno del ICAM. Presidente de la Sección de Derecho Bancario del ICAM.

En su turno de palabra, José Ramón Couso explico su experiencia al frente de la asesoría jurídica de SAREB, el llamado banco malo creado en 2012. Como consecuencia del mandato legal de SAREB, se adquirieron activos financieros e inmobiliarios de los bancos rescatados. Tambiéen abordó cuestiones deontológicas de la Abogacía, en su condición de Diputado responsable de la Comisión Deontológica del ICAM.

Para este jurista “los que estuvimos en SAREB hace doce años gestionamos una crisis inmobiliaria, económica y bancaria donde España estaba siendo de una especial atención tanto del FMI como del Banco Central Europeo  como de la Comisión Europea, la famosa Troika”

También comentó que “se impusieron una serie de hitos de cumplimiento desde el Memorándum  of Understanding  (MoU) de 2012 para evitar el rescate de nuestro país como lo sufrieron Irlanda, Portugal y Grecia. El tamaño de España era un problema para que la UE digiriera ese rescate. En dicho Memorándum se incluyó una línea de crédito de 100.000 millones de euros y se marcó una hoja de ruta con hitos exigentes, uno de los cuales suponía la creación de una sociedad de gestión de activos bancarios (el banco malo),de las entidades bancarias afectadas”.

SAREB impulsora de la gestión ética y de la rendición de cuentas

Couso explicó que la gestión debía estar sujeta a los parámetros fijados en MoU para gestionar de forma profesional  unos activos que nominalmente rondaban los  110.000 millones de euros. SAREB no tenía mayoría accionarial del Estado en esos primeros años, (ahora si que lo es, desde  2021) porque si lo hubiera sido en aquel momento podría haber determinado el rescate de España al suponer un déficit añadido del 5%. En este contexto se aprobaron distintas normas legales, como el RD 1559/2012 y normas de gobierno corporativo a una sociedad, que se anticiparon a normas europeas y nacionales posteriores”

 Se estableció la obligación de SAREB, por razón de transparencia, de presentar informes anuales y semestrales, de contar con consejeros independientes, dotarse de comités de riesgos, control interno, dirección, de nombramientos y retribuciones. Ciertamente contar con una normativa de control interno “ad hoc” regulado por una norma legal, podría sorprender para una sociedad anónima no estatal, pero las exigencias legales y la necesaria confianza de los mercados, exigían que se contara con el máximo nivel de cumplimiento normativo, profesionalidad y para la gestión y liquidación de estos activos procedentes de la reestructuración bancaria”.

Para Couso “SAREB estableció protocolos claros para analizar posibles responsabilidades societarias o penales, a través de controles “forensic” a la hora de valorar posibles conductas o actuaciones relacionadas con los activos bancarios adquiridos. Con ello, además de contribuir colaborar con la Justicia y cumplir con las exigencias legales y éticas en la gestión de activos, se pretendía ajustar evitar cualquier responsabilidad para SAREB. Como consecuencia de esas conclusiones de trabajo, se presentaron en torno a unas 20 denuncias ante la Fiscalía General del Estado”:

Este jurista concluyo su intervención indicando que “para dar cumplimiento a las exigencias legales y éticas, cumplir con la  rendición de cuentas, con los diversos supervisores y ajustarnos a la transparencia, en SAREB se crearon protocolos, normas y códigos internos desde 2013, por lo que podemos afirmar que SAREB fue una entidad pionera en materia de Compliance”.

Sobre su papel en el ICAM, como diputado responsable de Deontología, comentó que “una de las razones de la existencia de los Colegios de Abogados es el mantenimiento de las normas internas que nos hemos dado. Y en el Colegio de la Abogacía vamos a más porque tenemos el firme compromiso de fortalecer el Estado de Derecho, de ahí que todos debamos llevar a gala y cumplir con nuestras obligaciones deontológicas. No basta con que existan las normas deontológicas, sino que es necesario su continua divulgación, información y resolución de nuevas cuestiones.”

Jose Ramon Couso recordó que “desde Deontología estamos emitiendo  boletines divulgativos sobre cuestiones de actualidad y recurrente, periódica, en los que profundizamos, por ejemplo, en la relación contractual de los abogados con sus clientes, en el ámbito del Turno de Oficio, etc..”.

En este contexto, este experto recordó que los Colegios de Abogados tenemos que estar a la cabeza del cumplimiento normativo “pero al mismo tiempo debe hacer un cumplimiento deontológico y ético. Los profesionales de la Abogacía tenemos que responder tanto ante el cumplimiento normativo como el ético”.

Hay que comunicar el cumplimiento ético

Por su parte, Diego Recacha, Director de Cumplimiento de Leroy Merlín, subrayo el papel del compliance en las organizaciones multinacionales donde se desarrolla la cultura del cumplimiento entre la matriz y las filiales en distintos países, su comunicación y como se desarrolla ese enfoque en este tipo de entidades que suele ir de abajo hacia arriba.

Este jurista comentó que “nuestro corporación está formada por 155.000 profesionales en todo el mundo que facturan 30.000 millones en distintas sociedades de carácter logístico, inmobiliario , somos sujetos obligados de blanqueo. A lo largo de los tres años que llevo en el grupo trabajo en la transición del compliance jurídico derivado del código penal español a ir al compliance más evolucionado del futuro. En nuestro caso nos adaptamos a la legislación de cada país en materia de compliance”.

Para Recacha, el problema está en la colaboración entre el Consejo de Administración de la matriz y de las filiales. Al final de lo que se trata es que la organización en su totalidad sepa lo que hacemos, de la existencia de ese Comité ético, que también hay otro de compliance y que están operativos. Entre todos los profesionales construimos el mapa de riesgo, el problema es como lo aterrizas a la realidad. Al final se trata de que en el código ético de la empresa estén los valores de la firma y luego hay que hacerlo tangible comunicándolo”.

En este contexto esta multinacional utilizó las nuevas tecnologías como tik tok, e forma de serie novelada para dar a conocer lo que se puede y no se puede hacer a nivel de código ético.  “Se trataba de reproducir diferentes situaciones y ver que soluciones se pueden poner en marcha, siempre preservando los valores d la firma. Gracias a este tipo de actividades hemos modificado políticas internas que no funcionaban adaptándonos a los cambios sociales ahora cada vez más tecnológicos en estos momentos”:

A su juicio “todas estas iniciativas lo que crean es una cultura de valores éticos en las organizaciones que luego hay que reportar al Consejo de administración de la empresa para que vea lo que hacemos. Al final gracias a la comunicación externa e interna te posicionas como una organización ética. De alguna manera los compliance officer nos hemos convertido en los influencers de la compañía”

Cumplimiento ético en empresa española

Por su parte, Edurne Sánchez, Directora de Cumplimiento de Mahou San Miguel, explicó cómo se había creado esta cultura de cumplimiento ético en el seno de esta empresa española. “Los compliance officer en nuestro trabajo debemos tener en cuenta la cultura y los valores de cada empresa. En el caso de Mahou es una empresa familiar con valores reputacionales importantes que se acerca al compliance desde el cumplimiento legislativo. Al mismo tiempo el compliance debe generar expectativas”.

Sobre esas expectativas “tiene que ver lo que espera la empresa, los accionistas, empleados o la propia sociedad de la empresa . En mi trabajo ha sido clave la comunicación y explicar a todos los jefes de departamento mi trabajo como complance officer. De esta toma de contacto advertí que había que adaptar el lenguaje para que el interlocutor que tenemos enfrente nos entienda.  Como compliance officer de Mahou fije un punto de partida como es el caso de la digitalización. Nuestro papel es transversal y tenemos que estar en todos los Comités de la empresa para que se entienda nuestro trabajo”.

Esta experta reconoce que ahora forma parte del “Comité de Inteligencia Artificial de la compañía “nosotros hemos pasado de los sistemas de información financiera al Código Penal en el 2010 y ahora aparte del canal de denuncias que es un hito importante estamos los compliance a lo que s llama Compliance Digital. Nuestro papel va a ser clave en la articulación de este mundo nuevo desde la ética. Cualquier cultura de compliance se logra viviendo dentro de la organización, en todos los comités y aportando valor siempre”.

También comentó que la empresa tenia una vertiente marketiniana importante “dentro y fuera de la firma con lo cual los cursos de formación vienen apoyados en series de Netflix. Esa formación también debe ir hacia arriba y tiene que impartirse en los Consejos de Administración. Hay que formar y concienciarles de la importancia del compliance en las organizaciones. Junto con la formación online también hay que organizar talleres presenciales”.

Por último, Carlos Balmisa, Abogado y Secretario General del Consejo de Registradores de España, habló de la creatividad en los códigos éticos “en muchas empresas reguladas aparecen estos códigos, es el caso del sector financiero o de telecomunicación,  e incluso en el sector gasístico o eléctrico tras mi paso por la CNMC, donde la creatividad tiene mucho terreno. Lo que si he visto es que eran muy parecidos, con los mismos valores, aunque las personas éramos muy diferentes. Creo el límite al código ético era el principio de legalidad y su carácter imperativo”.

Para este jurista “la solución podría ir por crear un código ético aspiracional de carácter voluntario como hizo el Banco Mundial para noventa países. Al mismo tiempo la idea era hacerlo a la inversa, realizado por los empleados para que obligase a la propia dirección de la compañía. Desde esta perspectiva los códigos son instrumentos con los que podemos dar más de sí. Sin embargo, desde el punto de vista del supervisor nunca hemos visto códigos éticos innovadores”.

Desde su punto de vista, los palcos de los equipos de fútbol “definieron una época en la que se hacían negocios allí.  Debe hacerse un ejercicio de transparencia como en todos los regalos que se ofrezcan. Llama la atención que esos códigos de conducta sean tan parecidos, con lo cual hay ver realmente quien ha copiado a quien”.

A su juicio “Lo importante es que la política de cumplimiento emane de los valores de la compañía y que luego exista transparencia. La ley de 1966 británica habla de transparencia en los conflictos de interés. El conflicto de interés debe saber gestionarse. La transparencia es algo optativo. La CNMC creo en el 2016 el registro de lobbies que era voluntario donde se fueron apuntando las empresas del IBEX”.

Javier Escolano
Javier Escolano
Periodista jurídico

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